DERECHO CIVIL BIENES Y DERECHOS REALES
LA COMUNIDAD
La Comunidad viene hacer
un grupo o conjunto de personas titulares
de un mismo derecho de propiedad, por
medio de una diversidad de bienes.
Los Comuneros son
quienes comparten los Derechos dentro de la comunidad y hacer uso correcto
desde la Forma Jurídica hasta el usufructo.
Hay diversos tipos de
comunidades pero nos enfocaremos en el concubinato
Tenemos por ejemplo el
concubinato como fuente de comunidad, donde el Art. 767 expresa que se presume
la comunidad salvo prueba en contrario y que no aplica según la Ley en caso de
que uno de ellos sea casado.
Disolución de la
Comunidad: La comunidad puede extinguirse según la condición por disolución,
perecimiento y disolución parcial.
De los Derechos y
Deberes de los comuneros
Según el Art. 760. La
parte de los comuneros en la cosa común se hará presumible mientras no exista prueba
en contrario. Tienen Derecho al goce y disfrute de la cosa en común que le
corresponde. Existen deberes para la contribución en gastos diversos de los
comuneros como lo establece el código civil en sus Art. 760, 762.
La Propiedad Horizontal:
El concepto de condominio se aplica perfectamente a lo que llamamos viviendas o
a los edificios los cuales se rigen por la propiedad Horizontal. La propiedad Horizontal estipula que cada
inquilino o propietario de alguno de los apartamentos debe cumplir y velar por
la responsabilidad civil y moral que adquiere ya que cada piso y cada pared de
lo que corresponde a su propiedad tiene unos parámetros que debe cumplir.
Cada individuo o
inquilino debe respetar el derecho ajeno y sobre todo en la parte
administrativa debe cumplir con los pagos de cada mes ya que son producto de
los gastos emanados para el mantenimiento de dichas instalaciones y si no se
cumple se contribuye al deterioro de la edificación y crear vicios que son
negativos para la vida en comunidad.
Los requisitos legales
para otorgar la propiedad horizontal se debe hacer mediante el Registro
Subalterno, debe ser protocolizado legalmente y así poder nombrar a los
Administradores de la Junta de Condominio por medio una Asamblea con los Copropietarios
quienes se regirán por medio de los Estatutos.
La propiedad Horizontal
puede extinguirse por medio de una demolición o destrucción que se haga de una
parte del edificio. Por ruinas etc.
La enajenación no podrá
efectuarse si no se cumple con lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal
La propiedad horizontal es un Institución Jurídica la cual lleva un conjunto de
normas aplicadas a diversos inmuebles, como lo pueden ser un edificio , un
terreno o una construcción de dos plantas a las cuales se les aplicaría.
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